Contratación Online
Dr. Pablo Palazzi
        
 
Los sitios de internet que ofrecen algún bien o servicio siempre han intentado determinar los términos y condiciones que regirán
la relación con sus clientes, en especial con sus consumidores. Es común encontrar términos y condiciones de uso, que constituyen una larga lista de condiciones y cláusulas contractuales que estipulan desde la protección de la propiedad intelectual hasta la forma de regular las transacciones entre la empresa y el consumidor. A veces estas normas, por su unilateralidad, pueden ser contrarios a la LDC (ver el caso www.deautos.com).

Sin embargo, la forma en que el consumidor o internauta toman conocimiento de estos términos difiere de sitio en sitio. Algunos
obligan al consumidor a realizar un click sobre un botón con la palabra “Acepto” o a tildar una ventana con un “SI” o escribir la palabra “acepto”, mientras que otras páginas no tienen esta formalidad para prestar el consentimiento y simplemente ubican al final de la página, en letra pequeña, un hipervínculo a los términos y condiciones de uso del sitio sin requerir su aceptación expresa. La diversidad de formas adoptadas nos lleva a analizar su validez, y su oponibilidad a usuarios y clientes de empresas de internet.

Al analizar estas modalidades contractuales y su validez legal frente a las normas civiles, comercies y del consumidor, necesariamente debemos comenzar por la jurisprudencia norteamericana que, a través de varias décadas ha elaborado criterios judiciales para
determinar la validez de los denominados contratos clickwrap y browsewrap, criterio aceptado también cada vez mas en América y Europa por su clasificación práctica [ver 1, 2, 3, 4, y 5].
Un contrato clickwrap es un acuerdo en el cual el vendedor requiere que el comprador manifieste su asentimiento clickeando con el mouse en un icono o botón que demuestra tal asentimiento (ej. un botón que diga “Acepto” y otro que diga “No Acepto”) o que marque con una tilde en una ventana o caja vacía para dar validez al acuerdo. Este icono o ventana pueden estar al final del acuerdo de manera que el usuario deba recorrer todo el contrato para llegar a ellos. Si el usuario no acepta, eligiendo la opción negativa, no podrá continuar a la siguiente página del sitio en internet o disponer de los bienes o servicios ofrecidos. Si acepta con el click del mouse, estará asintiendo a los términos del contrato (la prueba de ello nos lleva a otro tema que no se abordará aquí).
 
Los contratos browsewrap tienen lugar cuando el vendedor utiliza un hipervínculo al contrato, en vez de presentarlo en la pantalla directamente para que este asienta. En general los sitios de internet, por una cuestión de organización económica, funcionalidad, marketing
y prolijidad, suelen tener estos links o hipervínculos en la parte inferior, y a veces se encuentran en páginas internas muy difíciles de encontrar.
 
La determinación de una u otra modalidad de contratación es importante, pues, como veremos seguidamente, los fallos del common law
norteamericano han considerado que existe asentimiento y por ende contrato en los primeros pero no en los segundos.
 
 
Casos:
  • Hotmail v. Van Pie: hay contrato.

  • Spetch v. Netscape [PDF]: no hay contrato. Confirmado en Cámara. 

  • Pollstar v. Gigmania: browserap es contrato válido.
 
Bibliografía:

Callan, How click-wrap contracts benefit over shrink-wrap contracts.

De la Maza, Los límites del Consentimiento, Lexis Nexis Chile. 
Adam Snukal , "The 21st Century Contract: Packaging Your Protection".
http://www.internetindustry.com/Interviews/archives/ss00/package_snukal.shtml 

Mark Grossman, Allison Kimberly Hift, Raquel Rothman, "Click-Wrap Agreements - Enforceable Contracts or Wasted Words?",
http://www.becker-poliakoff.com/publications/article_archive/click_wrap.htm

craig Horrocks, Chihaya Natusch, "Legal holes may exist in click-wrap trap", http://www.idg.net.nz/webhome.nsf/0/CC256A87000C5F2FCC256834007ACC1A?opendocument